Clínicas
Pacientes nuevos sin saltarte las normas de publicidad sanitaria
Clínicas dentales, de fisioterapia, médicas y de estética, y consultas de psicología. Webs que explican cada tratamiento con claridad y aparecen cuando buscan en tu zona.
En salud, la confianza se gana con claridad, no con promesas
Quien busca «fisioterapeuta en Vila-real» o «implantes dentales en Castellón» compara fichas, reseñas y webs. Elige a quien le explica mejor qué le van a hacer y quién se lo va a hacer.
Muchas webs de clínicas caen en uno de dos extremos: catálogos de tratamientos sin contenido o promesas que la normativa no permite. Ninguna de las dos convence ni posiciona.
La publicidad sanitaria tiene reglas estrictas, y una web que las respeta transmite también seriedad.

Qué hacemos para tu sector
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Una página por tratamiento
Qué es, para quién está indicado, cómo es el proceso y quién lo hace. Sin prometer resultados.
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El equipo, con nombre
Profesionales con su nombre, su número de colegiado y su titulación, y la especialidad oficial si la tienen. Es lo que genera confianza y lo que piden los códigos deontológicos.
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Ficha de Google y reseñas
Ficha completa, categorías correctas y un sistema para pedir reseñas dentro de la política de Google y de tu deontología.
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Visibilidad en IA
Que Gemini o ChatGPT te mencionen cuando alguien pregunta por una clínica como la tuya en tu ciudad.
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Cita fácil desde el móvil
Llamada, WhatsApp o formulario a un toque, con medición de cada contacto para saber qué tratamientos traen pacientes.
Lo que la normativa exige a la web de una clínica
Número de registro sanitario
Solo los centros autorizados pueden anunciar actividad sanitaria, y deben consignar en su publicidad el número de registro de su comunidad autónoma (Real Decreto 1277/2003, artículo 6.2). En la web, el criterio prudente es ponerlo en el pie, para que salga en todas las páginas. Tus pacientes pueden comprobarlo en el registro estatal de centros sanitarios.
Nada de curación garantizada
El Real Decreto 1907/1996 prohíbe la publicidad que dé seguridades de alivio o curación cierta (artículo 4.4). También prohíbe usar testimonios de pacientes, profesionales o famosos para inducir al consumo (artículo 4.7), aunque su alcance sobre un centro autorizado es discutido.
El código deontológico de cada profesión
Si en tu clínica hay médicos, el Código de Deontología Médica de 2022 pide publicidad objetiva, prudente y veraz (artículos 88 a 93). Cada médico debe aparecer con su número de colegiado y su especialidad. Tampoco permite usar pacientes reales para inducir al consumo ni captar pacientes con precios. Dentistas, fisioterapeutas o psicólogos tienen sus propios códigos, y en odontología no hay especialidades oficiales.
En la Comunitat Valenciana
La Generalitat tiene la competencia de regular y controlar la publicidad sanitaria (Ley 10/2014 de Salud, artículo 5.10). Todas las autorizaciones de centros se inscriben en el registro autonómico.
Qué recibes
- Mapa de páginas por tratamiento
- Fichas del equipo con número de colegiado y titulación
- Número de registro sanitario y datos legales en su sitio
- Ficha de Google completa y un sistema para pedir reseñas
- Textos preparados con la normativa sanitaria a la vista y validados por tu clínica
- Medición de llamadas, WhatsApp y formularios por tratamiento
Guías y recursos para tu sector
Preguntas frecuentes
Respuestas directas a lo que nos preguntan antes de empezar.
¿Puedo poner opiniones de pacientes en la web?
Con mucha prudencia. Los códigos de médicos y dentistas excluyen usar pacientes como reclamo, y el Real Decreto 1907/1996 prohíbe sus testimonios para inducir al consumo. Las reseñas de tu ficha las escriben los pacientes en Google, pero al copiarlas en tu web pasan a ser tu publicidad. Lo prudente es enlazar a tu ficha.
¿Puedo publicar precios?
Depende de tu profesión. Los códigos de médicos y de fisioterapeutas consideran contrario a la deontología captar pacientes con publicidad de precios. Los de dentistas y psicólogos no lo prohíben. Si los publicas, da el precio final con impuestos.
¿Dónde pongo el número de registro sanitario?
El Real Decreto 1277/2003 obliga a consignarlo en la publicidad de los centros autorizados, sin distinguir formatos. Lo prudente es ponerlo en el pie, para que salga en todas las páginas, también en contacto y en las de destino de tus anuncios.
¿Hacéis anuncios para clínicas?
Sí, con cuidado: Google tiene políticas propias para contenido sanitario y la normativa española se aplica también a los anuncios. Comprobamos las políticas de Google antes de lanzar nada, y tu clínica valida textos y páginas de destino.
¿Te encuentran los pacientes de tu zona?
Cuéntanos qué tratamientos ofreces y en qué ciudad. Revisamos tu web y tu ficha y te decimos qué cambiaríamos primero.
O escríbenos a [email protected] o por WhatsApp.