Puedes publicar contenido generado con IA en la web de tu empresa. Google no lo penaliza por cómo se ha hecho, sino cuando no aporta nada o se fabrica en masa para posicionar. Y la ley europea solo obliga a etiquetarlo en 2 casos, desde el 2 de agosto de 2026.
Uno de esos casos desaparece si una persona revisa el texto a fondo y alguien asume la responsabilidad editorial. Lo que no cambia es quién responde de lo publicado: tú.
Abajo tienes lo que dicen Google y el Reglamento de IA, y qué riesgos corren despachos y clínicas. Al final, un protocolo de 9 pasos y una tabla de usos con su veredicto.
Cuando algo es interpretación nuestra lo marcamos como criterio prudente. Cuando es un método de trabajo propio, como criterio del estudio. Todas las fuentes se consultaron el 2 de octubre de 2026.
Google no penaliza la IA: penaliza el contenido que no aporta nada
Google lo dijo en febrero de 2023 y lo mantiene: premia la calidad del contenido, no la forma de producirlo. Usar IA no da ninguna ventaja especial. Y si la ves como «una forma económica y sencilla de manipular el posicionamiento en los buscadores», Google te dice que no la uses.
El límite está en su política de abuso de contenido a gran escala. Es spam generar muchas páginas para manipular el posicionamiento en lugar de ayudar, «independientemente de cómo se haya creado». Entre sus ejemplos están generar páginas con IA sin añadir valor y transformar contenido ajeno con sinónimos o traducciones automáticas.
Su guía sobre contenido generado con IA reconoce que la IA es útil para investigar un tema y dar estructura a contenido original. La versión en inglés, actualizada el 1 de octubre de 2026, añade un aviso que la española aún no recoge. Los modelos no recuperan hechos: predicen una secuencia probable de palabras, y por eso pueden inventar datos.
De ahí que Google considere fundamental revisar a mano todo lo generado antes de publicarlo. Incluye los títulos, las meta descripciones, los datos estructurados y los textos alternativos de las imágenes.
Las directrices para sus evaluadores de calidad afinan el criterio. Usar IA no determina por sí solo el esfuerzo ni la calidad de una página. Parafrasear puede tener valor, por ejemplo cuando un experto explica una política pública en lenguaje sencillo (sección 4.6.6).
Pero una página copiada o parafraseada casi entera, sin esfuerzo ni aportación propia, recibe la nota más baja. Esos evaluadores no deciden posiciones: sus notas sirven a Google para comprobar si sus sistemas funcionan.
La guía para las funciones de IA generativa que Google publicó en mayo de 2026 va en la misma línea. Lo que más influye en tu presencia en las vistas creadas con IA y el Modo IA es el contenido único y útil. Google pide no limitarte a repetir lo que ya está en internet «o lo que podría producir fácilmente un modelo de IA generativa».
Lo desarrollamos en qué es el GEO y en qué se diferencia del SEO.
Quién, cómo y por qué: las 3 preguntas de Google, aplicadas a tu web
Google propone revisar cada contenido con 3 preguntas en su guía de contenido útil. Sirven para aterrizar el E-E-A-T: experiencia, conocimiento, autoridad y fiabilidad. De las 4, Google dice que la fiabilidad es la más importante.
Quién lo ha creado. Google recomienda firmas precisas donde el lector las espera, con información sobre el autor.
La versión en inglés de esa página, actualizada el 1 de octubre de 2026, va más allá. Inventar perfiles de autor con fotos generadas por IA, nombres falsos o credenciales que no existen es engaño, y una señal de página de baja calidad.
Cómo se ha creado. Si la automatización genera una parte sustancial del contenido, Google sugiere avisar y explicar cómo y por qué se usó, cuando el lector pueda preguntárselo. Según el blog de Google de 2023, poner a la IA como autora probablemente no sea la mejor forma de explicarlo.
Por qué existe. Es la pregunta más importante: el contenido debe crearse sobre todo para ayudar a las personas. Si usas IA con el fin principal de manipular el posicionamiento, infringes sus políticas de spam.
En temas que pueden afectar a la salud, la estabilidad financiera o la seguridad de las personas, Google da más peso a estas señales. Los llama YMYL, y ahí suelen entrar los textos de un despacho, una asesoría o una clínica. Su versión en inglés precisa que, en esos temas, los evaluadores buscan contenido muy exacto y coherente con el consenso de los expertos.
Para esos evaluadores, generar mucho texto con IA sin supervisión ni selección humana supone un esfuerzo escaso o nulo. En SEO para abogados aplicamos el E-E-A-T a las páginas de un despacho.
El Reglamento de IA solo te obliga a etiquetar 2 tipos de contenido
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Reglamento de IA, regula la transparencia en su artículo 50. Te afecta como «responsable del despliegue»: quien usa un sistema de IA bajo su autoridad en una actividad profesional (art. 3.4). Una pyme que redacta con ChatGPT o genera imágenes para su web lo es.
Si encargas los textos a una agencia o a un autónomo que trabaja en tu nombre y bajo tu control, el responsable sigues siendo tú. Así lo entiende la Comisión en sus preguntas y respuestas.
Marcar el contenido de forma legible por máquina es obligación de los proveedores, como OpenAI o Google (art. 50.2). A ti te toca el artículo 50.4, con 2 supuestos:
- Ultrasuplantaciones. Imagen, audio o vídeo generado o manipulado con IA que se parece a personas, objetos, lugares o hechos reales y puede pasar por auténtico. Debes decir que es artificial (arts. 3.60 y 50.4).
- Textos de interés público. Si publicas un texto generado o manipulado con IA para informar al público sobre asuntos de interés público, debes decirlo. Salvo que haya pasado una revisión humana o un control editorial y alguien asuma la responsabilidad editorial de la publicación.
El aviso debe ser claro y distinguible, a más tardar en la primera exposición, y accesible (art. 50.5). Las directrices de la Comisión aclaran que no basta con la marca técnica que añade la herramienta. Hace falta una etiqueta que la persona pueda ver u oír sin herramientas especiales.
Se aplica desde el 2 de agosto de 2026, y el ómnibus digital no lo cambió
El artículo 50 se aplica desde el 2 de agosto de 2026, la fecha general del Reglamento (art. 113). La Comisión aclara en sus preguntas y respuestas que no hace falta etiquetar con efecto retroactivo lo generado antes, aunque lo recomienda.
El «ómnibus digital» sobre IA ya es ley: el Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026. En lo que toca al contenido, cambia 3 cosas, y ninguna altera tu obligación:
- Da a los proveedores hasta el 2 de diciembre de 2026 para marcar el contenido de los sistemas comercializados antes del 2 de agosto (nuevo art. 111.4). Es una prórroga para OpenAI o Google, no para quien publica.
- Reescribe el artículo 50.7 sobre códigos de buenas prácticas. La Comisión evalúa si seguir un código basta para cumplir los apartados 2 y 4.
- Suaviza la alfabetización en IA (art. 4). Las empresas deben adoptar medidas para apoyarla en su personal, sin tener que garantizar un nivel concreto.
El 50.4 y su fecha quedan igual. Lo que sí retrasa el ómnibus son las obligaciones de los sistemas de alto riesgo, hasta diciembre de 2027 y agosto de 2028. No afectan a la redacción de una web.
Las multas llegan a 15 millones, y en España la ley aún se tramita
Incumplir el artículo 50 puede costar hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación mundial anual, la cifra mayor (art. 99.4.g del Reglamento). En una pyme se aplica la menor de las 2 (art. 99.6). Cada Estado fija su régimen de sanciones.
En España, el proyecto de ley orgánica de IA designa a la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) como autoridad para el artículo 50 (art. 5.2.h). También califica como infracción grave no etiquetar una ultrasuplantación o un texto de interés público (art. 21.1.b). A 2 de octubre de 2026 sigue en el Congreso, con el plazo de enmiendas ampliado hasta el 7 de octubre.
Un texto es «de interés público» si informa sobre justicia, salud o economía
Las directrices de la Comisión del 20 de julio de 2026 piden 3 condiciones. El texto debe estar publicado, buscar informar y tratar un asunto de interés público. La AESIA las resume en castellano.
Entre esos asuntos están la justicia, la administración, la salud pública y la seguridad del consumidor. También cualquier novedad económica o financiera que pueda ser objeto de debate público.
Los ejemplos de las directrices ayudan a situar una web de empresa (punto 131):
- Dentro: un artículo de una web de estilo de vida que compara el efecto de varias dietas sobre una enfermedad. También los informes para inversores de una empresa cotizada.
- Fuera: los textos publicitarios y las descripciones de producto, salvo que hagan afirmaciones sobre, por ejemplo, salud, seguridad del consumidor o sostenibilidad. Y el consejo privado de un consultor a su cliente sobre cómo cumplir una norma.
Criterio prudente: trata como de interés público tus guías sobre normas, plazos fiscales, derechos del consumidor o salud. Pongamos una asesoría de Castellón que explica en su blog un cambio en el IVA: encaja. Su página de servicio para autónomos se parece más a la publicidad y quedaría fuera, mientras no haga afirmaciones de salud, seguridad o sostenibilidad. En una clínica, casi toda página de tratamiento habla de salud: revísala como si estuviera dentro.
La excepción exige una revisión de fondo y alguien que responda
No tienes que etiquetar un texto de interés público si cumples 2 condiciones a la vez. Las directrices las concretan en sus puntos 133 a 138:
- Revisión humana o control editorial. Una persona con conocimientos y criterio profesional sobre el tema examina el fondo del texto. Comprobar los hechos es el mínimo.
- Responsabilidad editorial. Una persona física o jurídica asume la responsabilidad legal última de la publicación. Su identidad y su contacto deberían ser fáciles de encontrar, por ejemplo en la información legal de la web.
No cuentan como revisión la corrección ortográfica, tener una política editorial escrita, una revisión automática o un visto bueno superficial. Y si la IA cambia el texto de forma sustancial después de la aprobación, la excepción se pierde.
Esos datos de identidad y contacto ya te los pide la LSSI (art. 10). Revisa que tu aviso legal los tenga completos.
Si prefieres etiquetar, tienes 2 apoyos: un Código de buenas prácticas voluntario, de junio de 2026, y unos iconos de la UE de uso libre. La Comisión dio el código por adecuado el 8 de julio. Usar los iconos no prueba por sí solo que cumples.
Criterio del estudio: aunque tu revisión te exima de la etiqueta legal, Google recomienda contar cómo se hizo el contenido cuando el lector pueda preguntárselo. Una línea al pie que diga que usaste IA, quién lo revisó y cuándo cubre las 2 cosas.
Imágenes: una foto realista hecha con IA puede ser una ultrasuplantación
Una imagen generada es ultrasuplantación si se parece a algo real y puede pasar por auténtica. Las directrices dan ejemplos cercanos a una web de empresa (puntos 114 a 116):
- Lo es: un avatar realista del director felicitando a la plantilla, o una imagen de producto que lo hace parecer distinto o mejor de lo que es.
- También lo es, según la página de los iconos de la UE: las fotos reales de un piso vacío amuebladas con IA.
- No suele serlo: corregir el color, quitar a un transeúnte o cambiar un fondo con fin estético. Depende de si altera cómo percibe la persona lo que se muestra.
Una ilustración o un esquema evidentes no engañan a nadie. Una «foto» de tu equipo o de tu local generada con IA, sí.
Nunca uses fotos de clientes o pacientes para generar contenido a partir de ellas. La AEPD lo advierte en su decálogo de enero de 2026: puede acabar en una infracción de protección de datos o incluso en un delito.
Google recomienda añadir metadatos de imagen que indiquen cómo se creó. En comercio electrónico, Merchant Center exige el metadato TrainedAlgorithmicMedia en las imágenes generadas con IA (guía de Google).
En despachos y clínicas, el riesgo empieza en lo que escribes en la herramienta
En un sector regulado, el riesgo no empieza en lo que publicas. Empieza en lo que escribes en la herramienta.
Los datos de tus clientes no tienen que entrar nunca
Para redactar una página de tu web no necesitas ningún dato real de un cliente. La AEPD lo dice para cualquiera que use IA en el trabajo: no incluyas datos confidenciales de tu entidad, de tu personal ni de tus clientes. Si quieres plantear un caso, describe uno ficticio (decálogo «Cuidado con lo que le confIAs»).
El RGPD apunta en la misma dirección. Solo puedes tratar los datos necesarios (art. 5.1.c), y los de salud son una categoría especial (art. 9.1). Quien los trate por tu cuenta debe ofrecer garantías suficientes (art. 28.1).
La AEPD se aplica a sí misma esa disciplina. Su política interna de IA generativa pide contratar en modalidad empresarial, con cláusulas que impidan reutilizar los datos. Y obliga a revisar y validar a mano los resultados antes de usarlos o publicarlos.
En la abogacía se suma el secreto profesional, que alcanza a todos los hechos, datos y documentos conocidos al ejercer (art. 22.1 del Estatuto General). El Libro Blanco sobre IA y abogacía del Consejo General y el Colegio de Abogados de Valencia aconseja analizar los riesgos antes de usar IA con datos personales. Y hacer una evaluación de impacto si el riesgo es alto (art. 35 del RGPD).
En una clínica, el paciente tiene derecho a la confidencialidad de sus datos de salud (art. 7.1 de la Ley 41/2002). El Código de Deontología Médica pide al médico comprometerse con la confidencialidad de esos datos cuando usa IA (art. 82.3).
Lo que publicas lo firmas tú, no la herramienta
El Consejo General de la Abogacía aprobó en 2026 la Circular 3/2026 sobre IA generativa. Considera lícito usarla para borradores, pero solo como función auxiliar sujeta a supervisión humana.
Quien firma asume todo el contenido, y el fallo de la herramienta no le exime. Entregar un escrito con errores de IA puede ser infracción grave (art. 125.u del Estatuto General).
La circular habla de escritos y asesoramiento, no de webs. Criterio prudente: aplica sus 5 recomendaciones a tu web y a tus artículos. Conoce la herramienta, lee el texto entero, contrasta con fuentes externas, úsala solo en materias que dominas y anota cuándo y para qué la usaste.
Si una agencia publica por ti, el Código Deontológico te hace responsable de esa publicidad, salvo prueba en contrario (art. 7.3.c del Código).
En medicina, las publicaciones en internet deben tener rigor e identificar al autor (art. 83.1 del Código de Deontología Médica). Y contribuir a divulgar informaciones falsas y no contrastadas que van contra la evidencia científica es contrario a la deontología (art. 81.5).
Una cifra o una promesa inventada por la IA también es un problema de publicidad. Tienes los límites de cada profesión en qué puede publicitar un abogado y en qué puede decir una clínica.
Una página hecha con IA pasa 9 controles antes de publicarse
Este es el criterio del estudio para producir una página o una guía con IA sin perder calidad. Cada paso dice qué hace la herramienta, qué hace la persona y qué se comprueba, con la norma o la guía que lo justifica.
| Paso | Qué hace la IA | Qué hace la persona | Qué se comprueba y dónde |
|---|---|---|---|
| 1. Pregunta y ángulo | Agrupa dudas reales de clientes y propone un esquema | Elige la pregunta y decide qué aporta que solo sabe ella: casos tipo, datos, criterio | Que no tengas ya una página sobre lo mismo ni sea una variante por ciudad. Google: abuso a gran escala |
| 2. Fuentes | Busca y propone fuentes candidatas | Abre cada una y descarta blogs y agregadores | BOE, EUR-Lex, colegio profesional o documentación oficial, en su versión vigente y con fecha de consulta |
| 3. Encargo sin datos | Nada todavía | Escribe las instrucciones con casos ficticios y sin datos de clientes | Herramienta en plan empresarial y con garantías de encargado. RGPD, art. 28.1; AEPD |
| 4. Borrador | Redacta sobre el esquema y las fuentes elegidas | Añade experiencia, ejemplos y matices | Nada: un borrador no se publica |
| 5. Hechos | Lista las afirmaciones que hay que comprobar | Comprueba cada cifra, artículo y fecha en su fuente | Que cada enlace lleve a la fuente y diga lo mismo que el texto. Google: revisión manual |
| 6. Revisión de fondo | Nada | Alguien que domina el tema aprueba, cambia o rechaza el texto | Condiciones de la excepción del art. 50.4: directrices, puntos 134 y 135 |
| 7. Normas del sector | Puede señalar promesas, superlativos y testimonios | Revisa publicidad y deontología de su profesión | Tu código deontológico y tu Colegio |
| 8. Metadatos e imágenes | Propone título, meta descripción y textos alternativos | Los corrige y etiqueta cualquier ultrasuplantación | Google pide la misma precisión en los metadatos. Reglamento de IA, art. 50.4 |
| 9. Firma, fecha y registro | Ningún cambio después de la aprobación | Firma con nombre real, fecha la revisión y anota qué herramienta se usó y quién revisó | Responsable editorial en el aviso legal; directrices, puntos 136 y 138; Circular 3/2026, recomendación 5 |
Los pasos 5 y 6 son los que te protegen ante Google y ante la ley. Si uno falla, la página no se publica hasta corregirlo.
Pongamos una clínica dental de Valencia que quiere una guía sobre implantes. La IA ordena las dudas de los pacientes y redacta un borrador. La dentista corrige plazos y riesgos, quita «resultado garantizado» y firma con su número de colegiada, sin haber pegado un historial en ninguna herramienta.
Sí, con cuidado o no: 12 usos de la IA en tu web
Esta tabla resume el veredicto de cada uso. «Con cuidado» significa que se puede hacer si pasa por el protocolo anterior.
| Uso | Veredicto | Por qué | Base |
|---|---|---|---|
| Investigar un tema y ordenar fuentes | Sí | Google la considera útil para investigar y estructurar. Tú abres cada fuente | Google, guía de contenido con IA |
| Borradores de páginas y artículos | Sí, con revisión de fondo | Sin revisión humana, un texto de interés público debe llevar etiqueta | Reglamento de IA, art. 50.4 |
| Títulos, meta descripciones y textos alternativos | Sí, revisados | Google pide en ellos la misma precisión que en el texto | Google, versión en inglés |
| Traducir al valenciano o al inglés | Con cuidado | Una traducción revisada por una persona entra en la excepción. Traducir en masa contenido ajeno para generar páginas sin aportar nada es spam | Directrices, ejemplos del punto 138; Google |
| Resúmenes de normas o sentencias | Con cuidado | Útiles si un experto los revisa. La IA puede inventar artículos y fechas | Evaluadores de Google, 4.6.6 |
| Textos de salud, dinero o derecho | Con cuidado | Google da más peso a la fiabilidad en temas YMYL, y tu deontología se aplica igual | Google, contenido útil |
| Ilustraciones y esquemas evidentes | Sí | No pasan por reales, así que no son ultrasuplantaciones | Reglamento de IA, art. 3.60 |
| Fotos realistas de tu equipo, tu local o tu producto | No; si las usas, con etiqueta | Pueden ser ultrasuplantaciones y publicidad engañosa | Reglamento de IA, art. 50.4; Ley de Competencia Desleal, art. 5 |
| Imágenes creadas a partir de fotos de clientes o pacientes | No | Son datos personales, y de salud en una clínica | AEPD; RGPD, art. 9 |
| Reseñas generadas o retocadas | No | Añadir o encargar reseñas falsas, o distorsionar las reales, es práctica engañosa | Ley de Competencia Desleal, art. 27.8; Google |
| Testimonios inventados | No | Son aprobaciones falsas. Inventar perfiles de autor también es engaño para Google | Ley de Competencia Desleal, art. 27.8; Google, versión en inglés |
| FAQ automáticas en masa o páginas por ciudad | No | Es contenido a gran escala sin valor. Además, Google dejó de mostrar las FAQ como resultado enriquecido el 7 de mayo de 2026 | Google, políticas de spam; cambios de documentación |
Las reseñas que sí valen son las de clientes reales. Deben referirse a servicios adquiridos o usados en los 30 días naturales anteriores (art. 20.4 de la Ley de Consumidores). Pídelas dentro de ese plazo, con el método de cómo conseguir reseñas en Google.
Unas preguntas frecuentes escritas para tu cliente siguen siendo útiles. El problema es generarlas por cientos, o crear una página por pueblo con el mismo texto.
Qué hacer el lunes
- Haz inventario de las páginas de tu web hechas con IA y anota quién revisó cada una.
- Marca las que tratan salud, derecho, impuestos o consumo. En ellas, documenta una revisión de fondo y comprueba que tu aviso legal identifica al responsable.
- Revisa los autores: nombres reales, credenciales comprobables y ninguna foto generada.
- Retira reseñas y testimonios que no sean de clientes reales. Etiqueta o sustituye las fotos realistas hechas con IA.
- Escribe una política de una página: herramientas permitidas, datos prohibidos y quién revisa. El resumen de la AEPD sirve de modelo.
- Aplica el protocolo de 9 pasos a la próxima pieza que publiques.
- Si eres abogado, lee la Circular 3/2026; si eres médico, los artículos 81 a 83 de tu código; si eres dentista, el código del Consejo General de Dentistas. Ante una duda concreta, pregunta a tu Colegio.
En NOR studio usamos IA para investigar, ordenar y preparar borradores, y cada texto lo trabaja y revisa una persona. Preparamos los textos con la norma a la vista y los validas tú (o tu asesor) antes de publicarlos. Lo explicamos en contenido SEO y en cómo hacemos las guías.
Fuentes consultadas (30)
- Google Search Central: Directrices de la Búsqueda de Google sobre el uso de contenido generado por IA (versión en español, actualizada el 31 de diciembre de 2025)
- Google Search Central: Guidance on using generative AI content (versión en inglés, actualizada el 1 de octubre de 2026)
- Google Search Central: Políticas de spam de la Búsqueda web de Google, abuso de contenido a gran escala
- Google Search Central: Crear contenido útil, fiable y centrado en las personas (E-E-A-T y «quién, cómo y por qué»)
- Google Search Central: Creating helpful, reliable, people-first content (versión en inglés, actualizada el 1 de octubre de 2026)
- Blog de Google Search Central: Guía de la Búsqueda de Google sobre el contenido generado por IA (8 de febrero de 2023)
- Google Search Central: Optimizar tu sitio web para las funciones de IA generativa en la Búsqueda de Google (actualizada el 15 de julio de 2026)
- Google: Search Quality Evaluator Guidelines (11 de septiembre de 2025), secciones 4.6.5 y 4.6.6
- Google Search Central: Últimas actualizaciones de la documentación (fin de las FAQ como resultado enriquecido, 7 de mayo de 2026; guía de contenido con IA, 1 de octubre de 2026)
- Google Search Central: Datos estructurados de fragmentos de reseñas (reseñas falsas o incentivadas sin declarar)
- BOE (DOUE): Reglamento (UE) 2024/1689, de Inteligencia Artificial (arts. 3, 4, 50, 99 y 113)
- EUR-Lex: Reglamento (UE) 2026/1744, Ómnibus digital sobre IA (DOUE de 24 de julio de 2026)
- Comisión Europea: Directrices sobre las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento de IA, C(2026) 5054, 20 de julio de 2026 (PDF, en inglés)
- Comisión Europea: Preguntas y respuestas sobre las obligaciones de transparencia del artículo 50
- Comisión Europea: Código de buenas prácticas sobre transparencia del contenido generado por IA (10 de junio de 2026)
- Comisión Europea: Iconos de la UE para etiquetar contenido generado con IA (actualizada el 24 de septiembre de 2026)
- AESIA: Preguntas frecuentes sobre las directrices de la Comisión sobre transparencia (artículo 50)
- BOCG, Congreso de los Diputados: Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial (12 de junio de 2026), arts. 5 y 21
- Congreso de los Diputados: tramitación del proyecto 121/000096 (plazo de enmiendas hasta el 7 de octubre de 2026)
- BOE (DOUE): Reglamento (UE) 2016/679, general de protección de datos (arts. 5, 9, 28 y 35)
- AEPD: decálogo «Cuidado con lo que le confIAs» (27 de enero de 2026)
- AEPD: Resumen básico de obligaciones y recomendaciones para la gestión de IA generativa en la AEPD (enero de 2026)
- BOE: Real Decreto 135/2021, Estatuto General de la Abogacía Española (art. 22)
- Consejo General de la Abogacía Española: Código Deontológico de la Abogacía Española (arts. 5, 7 y 21)
- Consejo General de la Abogacía Española: Circular interpretativa 3/2026, uso de IA generativa y deber de verificación
- Consejo General de la Abogacía Española y Colegio de Abogados de Valencia: Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía (enero de 2026)
- BOE: Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente (art. 7)
- CGCOM: Código de Deontología Médica 2022 (publicado por el Colegio de Médicos de Valencia), arts. 81 a 83
- BOE: Ley 3/1991, de Competencia Desleal (arts. 5 y 27)
- BOE: Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (art. 20.4)